Después de una polémica demanda que solicitaba la nulidad de la elección del alcalde de Trinidad, Jesús Nolberto Monroy Moreno, el Tribunal Administrativo de Casanare negó las pretensiones, por no haberse demostrado una relación marital de hecho del mandatario local con su novia.
El 14 de octubre de 2020 el Tribunal Administrativo de Casanare mediante documento que contiene 42 páginas, cuya Magistrada Ponente fue Aura Patricia Lara Ojeda, indicó, entre otras cosas, que “No se configura la causal subjetiva de nulidad por parentesco en primer grado de afinidad, pues no se acredita en el expediente la existencia de unión marital de hecho entre Jesús Nolberto Monroy Moreno y Lina Indira Mosquera, que permita establecer el parentesco por afinidad entre el demandado y el señor Jorge William Mosquera Reyes, padre de la mencionada señora. Por tanto, al no configurarse este primer elemento, resulta irrelevante estudiar los demás requisitos que se exigen para la configuración de la inhabilidad contenida en el numeral 4 del artículo 37 de la Ley 617 de 2000”, señala el fallo.
Pormenores de la demanda
Mediante una serie de acusaciones algunos interesados pretendían que las leyes colombianas le quitaran la investidura como alcalde al burgomaestre Jesús “Chucho” Monroy quien fuera el vencedor en las pasadas elecciones de octubre del año inmediatamente anterior.
Los querellantes argumentaron que Jesús Monroy tenía una relación marital con Indira Mosquera, hija de un exfuncionario público de la anterior administración municipal, ante lo cual expuso en su defensa el alcalde, que él solo ha tenido novias y que actualmente su novia es Indira, pero que no es verdad que tiene o tenía una relación marital de hecho con ella y que tampoco en mancomunidad han tenido a su nombre bienes materiales que evidencien una relación formal o de compromiso que pudiera haber afectado su postulación en las pasadas elecciones como candidato a la alcaldía de Trinidad por el partido Centro Democrático.
La controversia pretendida por la parte demandante giró en torno a que “… el mencionado Ciudadano (Jesús Monroy), al momento de inscribirse como candidato y al ser elegido como Alcalde, se hallaba inhabilitado por tener parentesco en primer grado de afinidad con el Director del Instituto de Cultura, la Recreación, el deporte y el Turismo del Municipio de Trinidad. Señala que conforme al Formato Único de Declaración Juramentada de Bienes y Rentas y Actividad Económica Privada que fuera diligenciado y presentado por el mencionado aspirante ante el Partido Centro Democrático para obtener su aval, declaró que convive en unión libre desde hace nueve (9) años con la señora Lina Indira Mosquera Fuentes, quien es hija de Jorge William Mosquera Reyes, persona que se desempeñaba en el cargo público aducido dentro del Municipio de Trinidad. (concepto de la Procuraduría 53 Judicial II Administrativa Delegada Ante el Tribunal Administrativo de Casanare).
Llamó la atención en esta petición que la persona que interpuso la demanda es Dainy Rojas Beltrán quien es familiar del abogado Marlon Vargas, y en la dirección para notificaciones consignó la (carrera 21 número 33 – 54), coincidencialmente esta es la casa donde vive el ex-candidato a la Asamblea de Casanare por el partido Centro Democrático y partido MIRA Oswaldo Vargas, padre del abogado Marlon Vargas, apoderado de la parte demandante, por lo que se puede intuir que la iniciativa de demanda podría haberse configurado o planificado desde este escenario político.
Sin que se quiera generar suspicacias, también fue relativamente coincidente que en un documento que Prensa Llanera pudo conocer y que no hizo parte del proceso, da cuenta que el abogado de la demandante, Marlon Vargas, fue secretario de un juzgado al mismo tiempo cuando el hoy Procurador 53 Judicial II Para Asuntos Administrativos, Nelson Manuel Briceño Chiriví, obraba como representante del Ministerio Público en el proceso que se lleva en contra del alcalde electo Jesús Monroy, era Juez Administrativo de Yopal, y fue desde allí donde se forjó una conocida amistad entre estos dos juristas.
Otro elemento por demás sin fundamento jurídico, fue la pretensión y / o sugerencia que planteó el Procurador 53 Judicial II Para Asuntos Administrativos, Nelson Manuel Briceño Chiriví quien propuso que de perder la demanda Jesús Monroy, el llamado a sucederlo sería Carlos Alberto Cabrera quien resultó segundo en cantidad de votos por la alcaldía de Trinidad en las pasadas elecciones, aspecto que indiscutiblemente no podría ocurrir por cuanto el mecanismo expedito para una situación como estas es el llamado a elecciones atípicas y no existiría en este caso una sucesión de poder a favor de Cabrera.
No obstante, el apoderado del alcalde Jesús Monroy Camilo Andrés Rojas Castro interpuso ante La Procuraduría General de la nación la solicitud Vigilancia Especial y Recusación contra el señor Nelson Manuel Briceño Chiriví, Procurador 53 Judicial II Para Asuntos Administrativos, con base en los argumentos que expuso mediante comunicación fechada en septiembre del presente año en la que busca: “… Adelantar las actuaciones disciplinarias correspondientes en contra del funcionario Nelson Manuel Briceño Chiriví, Procurador 53 judicial II Para Asuntos Administrativos, con fundamento en su actuar, por no ser imparcial, por desconocer el deber de denunciar y desconocer el deber funcional que le asiste como Procurador, evidenciándose esto en cada una de sus intervenciones dentro del proceso, radicado 85001-2333-000-2019-00191-00, que cursó ante el Tribunal Administrativo del Casanare. De manera especial, y en aras que el proceso judicial anotado no se llegara a afectar por actos que no corresponden con las funciones y el rol del Ministerio Público, se solicitó de manera respetuosa que el concepto emitido por el señor Briceño Chiriví, fuera revisado por un superior jerárquico que ejerciera especial vigilancia a la luz del derecho, y que no obedeciera a criterios personales o emocionales, pues era claro el sesgo y la falta de rigurosidad jurídica que se evidenció en el concepto del señor Procurador denunciado”.
Así las cosas, pacientemente el actual alcalde Jesús Norberto Monroy esperó a que la justicia fallara a su favor, como efectivamente ocurrió cuando el Tribunal Administrativo de Casanare emitió su concepto exponiendo entre otras cosas que “sobre las publicaciones en redes sociales que eran la prueba del proceso, “se resalta que solamente en las redes sociales y en la publicidad utilizada en campaña, se hace referencia a la palabra “esposos”, sin que dichas pruebas por sí solas configuren la inhabilidad por el tiempo establecido en el numeral 4 del artículo 37 de la Ley 617 de 2000, pues no basta con señalar que existe una unión marital de hecho, para aseverar que se configura un parentesco por afinidad, porque debe probarse y acreditarse aquella unión por el término de doce meses dispuesto en la citada norma, para que la misma sea aplicable y dé lugar a la inhabilidad que allí se plantea”.
Para la defensa del Alcalde, el abogado Camilo Andrés Rojas, deja un mal precedente la actuación del Procurador 53 Judicial II Para Asuntos Administrativos, Nelson Manuel Briceño Chiriví, quien en una clara extralimitación de sus funciones solicitó en su concepto, sea asignada la credencial como alcalde electo a la segunda votación del municipio Carlos Alberto Cabrera, siendo esto contrario a la ley, teniendo en cuenta que el artículo 98 de la ley 134 de 1994, establece que en caso de nulidad de la elección de alcaldes proceden elecciones atípicas y NO el nombramiento al segundo como lo pide el Procurador, lo que por ende, se constituye en una clara actuación irregular del funcionario del Ministerio Público. Por otra parte, existe un claro conflicto de intereses entre el abogado demandante y el procurador que emitió su concepto, que ninguno de los dos manifestó durante el proceso, pues en el pasado el abogado fue secretario de juzgado cuando el procurador era Juez”.
En un vídeo conocido por Prensa Llanera el alcalde de Trinidad Jesús “Chucho” Monroy expresó que: “Me quieren sacar de la alcaldía, no porque me haya robado un peso, o haya celebrado mal algún contrato, o haya matado a alguien, sino porque supuestamente tengo esposa y ya me he casado más de tres veces. La parte demandante afirma que tengo una unión marital de hecho de hace 9 años cuando yo solamente he tenido son novias. Hoy mi novia es Indira Mosquera con la cual no tengo ni hijos ni estoy casado, ni tengo una casa, ni una cama, ni mucho menos un marrano a nombre de los dos; simplemente por una publicación de Facebook. Como si hoy me tomara una foto con Amparo Grisales, alguien la subiera en redes sociales y dijera que era mi mujer y ya existiría una unión marital de hecho. Son siete testigos los que agregó la parte demandante, los cuales a todos los presionaron para que testificaran en mi contra, dos de ellos son contradictores políticos y lo admitieron en la audiencia, uno de ellos le debe 40 millones de pesos a mi padre… Como dijo el cura de mi pueblo, “si quiere problemas métase a la política”, y eso fue lo que me sucedió. Esto no es más que un complot político por aquellos que perdieron las elecciones y no aceptan que un joven de 29 años se haya ganado la alcaldía”.
Desde el mismo día en que se interpuso la demanda contra el alcalde Jesús Monroy Prensa Llanera estuvo inclusive en las audiencias para seguir los detalles de esta querella, porque era de interés general saber jurídicamente en qué podrían terminar estas pretensiones que se presentaron como una clara evidencia del uso inadecuado con el que se accede a las redes sociales para intentar manipular a la Justicia Colombiana en procura de conseguir intereses netamente particulares por parte de quienes quieren hacerse al poder a como dé lugar.
Alcalde de Trinidad Jesús Monroy
Mientras tanto, Monroy Moreno continúa en su cargo como alcalde, recibiendo el apoyo popular de la gente que sigue viendo en este joven una promesa política fuerte en la región, y en un mandatario que hasta la fecha ha demostrado su capacidad de gestión entregando obras para beneficio de las comunidades en su jurisdicción.