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La Administración Municipal expidió decreto para garantizar el orden público en Yopal

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Mediante el decreto 249 se prohíbe la circulación de motocicletas con pasajeros (parrilleros) de sexo masculino, con edad superior a 14 años.

El Alcalde de Yopal (e), en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por los artículos 2 y 325 de la Constitución Política, a través del decreto 249, imparte normas para la conservación del orden público ciudadano en el municipio de Yopal y se establece que:

1. Queda prohibida la circulación de vehículos que transporten trasteos, escombros, material de río, cilindros de gas y madera, desde las 17:00 horas del día 20 hasta las 05:00 horas del día 22 de octubre.

2.Restricción de motocicletas con pasajero y/o denominado parrillero de sexo masculino con edad superior a 14 años, desde las 17:00 horas del día 20 hasta las 05:00 horas del día 22 de octubre.

3.En caso de incumplimiento de alguna de estas disposiciones se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 131 literal C del Código Nacional de Tránsito, el cual establece multa equivalente a quince salarios mínimos legales diarios vigentes e inmovilización del vehículo por transitar en sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

4.La fuerza pública ejercerá control en coordinación con los agentes de tránsito del municipio de Yopal.

La Administración Municipal le reitera a la comunidad el acatamiento de las normas para evitar multas. De igual modo, se hace un llamado al uso e implementación de los protocolos de bioseguridad, para controlar la propagación del Covid-19.

Fuente: alcaldía de Yopal