Por Lola Portela
Mediante comunicado el Consejo de Estado informó la decisión que hoy sacude el país. Unos entienden las magnitud de la decisión, otros hasta ya convocan a marchas.
Lo cierto es que Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 expedido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se fijó el salario mínimo legal para el año 2026 en $1.750.905.
El auto que ordenó la medida cautelar se conoció horas más tarde de que al despacho del magistrado Juan Camilo Morales se le acumularan las 16 demandas que llegaron en la actualidad contra el acto administrativo que expidió el Gobierno Petro para dejar el salario en 2.000.000 de pesos, incluyendo el auxilio de transporte.
Se trata de una medida provisional que no implica un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad del acto, asunto que será resuelto en la sentencia.
Y, además, el Consejo de Estado ordenó al Gobierno Nacional expedir y publicar, dentro de los 8 días calendario siguientes a la notificación de la providencia, un decreto transitorio que determine el porcentaje de aumento del salario mínimo para 2026 y el valor total correspondiente, el cual regirá hasta que se profiera decisión de fondo en el proceso.
Y para la determinación de esa cifra, “el Gobierno debe aplicar integralmente los criterios legales y constitucionales vigentes, entre ellos: la meta de inflación fijada por la Junta Directiva del Banco de la República; la productividad certificada oficialmente; la inflación real del año anterior; el crecimiento del PIB; la contribución de los salarios al ingreso nacional; la especial protección del trabajo; la garantía de una remuneración mínima, vital y móvil; la función social de la empresa; y los objetivos constitucionales de dirección de la economía”.
El nuevo decreto debe contener una fundamentación económica detallada y verificable, explicando el tipo de valoración aplicada a cada criterio, su cuantificación, la ponderación realizada, el razonamiento que conduce a la cifra final y el análisis del contexto económico, todo con respaldo en fuentes y certificaciones oficiales.
Los efectos de la suspensión solo se harán efectivos a partir de la publicación del nuevo decreto transitorio. Mientras eso ocurre, continúa rigiendo el valor del salario mínimo fijado en el Decreto 1469 de 2025. No podrá reproducirse en esencia el contenido del acto suspendido y que el incumplimiento de las órdenes impartidas dará lugar a las sanciones previstas en la ley.
La decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el decreto del aumento del salario mínimo que se había fijado en 23,7% tomó por sorpresa a buena parte del país. La medida puso a pensar a más de uno sobre cuánto recibirán realmente en esta quincena los trabajadores que devengan el mínimo y qué puede pasar en los próximos días.
Y el Consejo de Estado aclara que la suspensión provisional no afecta las obligaciones ni los derechos que hayan sido calculados, causados o pagados con base en el salario mínimo vigente durante el período en que el decreto produjo efectos, incluidos pagos de nómina pública y privada, pensiones, contratos, multas, sanciones, tarifas, cuantías procesales, cuotas alimentarias, entre otras.
Y la entidad explica: “Estas constituyen situaciones jurídicas consolidadas, protegidas por los principios de seguridad jurídica y debido proceso, y no generan obligación de reintegro ni efectos retroactivos. El proceso judicial continuará su trámite hasta que el Consejo de Estado adopte una sentencia definitiva sobre la validez del decreto demandado”.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la quincena del 28 de febrero está en vilo, por el plazo que tiene el Gobierno Nacional de expedir un nuevo decreto en ocho días para que el Consejo de Estado lo estudie.
Eso significa que mientras se cumple ese plazo y no se expida una nueva norma, el decreto anterior continúa vigente. Es decir, quienes reciben el salario mínimo seguirán con el aumento tal como se viene haciendo.
Y una vez el Gobierno emita el nuevo decreto, podría mantenerse el mismo porcentaje o ajustarse la cifra, dependiendo de los argumentos técnicos y económicos que se incluyan. Además, el Consejo de Estado aún deberá tomar una decisión de fondo sobre la legalidad del nuevo incremento que presente Presidencia.
































