Por Lola Portela
El Gobierno nacional ordenó la suspensión de las órdenes de captura y de extradición que pesan sobre cinco integrantes del Ejército Gaitanista de Colombia (EGC), conocido como el Clan del Golfo, con el fin de iniciar su traslado a Zonas de Ubicación Temporal en el marco de los diálogos sociojurídicos con esta organización.
La decisión quedó consignada en la Resolución N.º 274 del 24 de diciembre de 2025, firmada por el consejero comisionado de Paz, José Otty Patiño Hormaza, y hace parte de las medidas adoptadas por el Ejecutivo para avanzar en el proceso de sometimiento a la justicia y tránsito a la vida civil de los integrantes del grupo armado.
Los beneficiados por la suspensión de las órdenes judiciales son:
- Jobanis de Jesús Ávila Villadiego
- José Gonzalo Sánchez Sánchez
- Orozman Orlando Osten Blanco
- Elkin Casarrubia Posada
- Luis Armando Pérez Castañeda
De acuerdo con la resolución, la Fiscalía General de la Nación será la principal autoridad encargada de cumplir la orden de suspensión de captura. A su vez, el Ministerio de Defensa deberá garantizar la seguridad humana y jurídica de los miembros del Clan del Golfo durante su desplazamiento hacia las zonas designadas. El acompañamiento y monitoreo del proceso estará a cargo de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la OEA (Mapp/OEA).
Contra la resolución proceden los recursos de reposición y apelación, según lo establecido en la normatividad vigente.

Zonas de Ubicación Temporal
Las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) fueron definidas previamente en la Resolución N.º 471 de 2025 y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026. Estas zonas se ubican en la zona rural de Tierralta, en Córdoba, y en los municipios de Unguía y Belén de Bajirá, en el Chocó.
Según el documento oficial, estos espacios tienen como objetivo “facilitar la ubicación gradual y progresiva de combatientes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia, en el marco del estado avanzado del proceso de conversación sociojurídico con este grupo y la implementación de los compromisos de tránsito a la paz y a la vida civil de sus integrantes para su sometimiento a la justicia”.
El Gobierno precisó que en las ZUT se mantendrá plenamente el Estado social de derecho, por lo que las autoridades civiles continuarán ejerciendo sus funciones constitucionales, legales y reglamentarias. Durante la permanencia en estas zonas, y en el traslado hacia ellas, los integrantes del Clan del Golfo contarán con la suspensión de las órdenes de captura, incluidas aquellas con fines de extradición.

“La Nación adoptará las medidas necesarias y eficaces para brindar la seguridad humana y jurídica durante el desplazamiento de los integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia hacia las zonas de ubicación temporal, así como para garantizar la protección de los derechos de la población civil”, señala la resolución.
Finalmente, el Gobierno aclaró que las personas beneficiadas por estas medidas deberán contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas del Clan del Golfo, mientras que las entidades de la rama ejecutiva estarán obligadas a implementar los programas y proyectos de intervención integral previstos para las zonas donde se desarrollan los diálogos de paz.































