Inicio #POLÍTICA Fallo bajo la lupa: ¿Qué irregularidades rodean el caso Uribe?

Fallo bajo la lupa: ¿Qué irregularidades rodean el caso Uribe?

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Por Lola Portela

Prensa Llanera consultó sobre lo que se viene en el proceso contra el expresidente de la República, que ya fue hallado responsable de dos de los tres delitos endilgados por la Fiscalía General de la Nación

La jueza penal 44 de Bogotá, Sandra Liliana Heredia encontró culpable de dos delitos al expresidente de la República Álvaro Uribe, en relación con los punibles de fraude procesal y soborno en actuación penal, mientras lo absolvió de un tercer cargo, soborno simple. Una decisión que  causó fuertes repercusiones en el espectro político nacional. Y todo porque se trata del primer ex jefe de Estado en pasar por el banquillo de los acusados y ser hallado culpable.

Es una mancha que quedaría en el expediente del expresidente si una segunda instancia no llegara a encontrar las irregularidades que varios expertos juristas notaron en los argumentos de la Juez Sandra Heredia.

Y es que la decisión de Heredia, en primera instancia, significó una sentencia que marca un hito en la historia judicial de Colombia. Tras casi 11 horas, la togada recapituló un proceso que se extendió por casi 13 años, cuando el entonces mandatario denunció al actual senador Iván Cepeda y, en un “efecto bumerán”, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema encontró méritos para investigarlo. Y al haber renunciado, voluntariamente, a su fuero, como senador, el caso de Álvaro Uribe pasó a la justicia ordinaria.

En su exposición, la jueza Heredia presentó más de 1.000 páginas de soporte para su decisión, en las que describió, según su criterio, cómo Uribe Vélez habría intentado influir en los testimonios de los exparamilitares Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez. Para ello, el expresidente habría contado con la intervención de su abogado, Diego Cadena; del presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Álvaro Hernán Prada, y de otros personajes, como Enrique Pardo Hasche.

El abogado José Manuel Abuchaibe al respecto dice: “Ante un grave clima de polarización política que vive Colombia, Uribe fue declarado culpable como DETERMINADOR de un esquema de manipulación de testigos. La condena se fundamentó en una suposición de la posible influencia de Uribe sobre Cadena al considerar que era su subordinado por ser su abogado. ABSURDA SITUACIÓN”, precisa. 

Y agrega: No se evidenció PLENA PRUEBA, en la que se apreciara a Uribe ordenar ofrecer dádivas, lo que hubiera permitido a la juez tener la certeza moral necesaria para condenar, superando el estándar de la duda razonable. Solo vimos una serie de suposiciones y conjeturas que se hizo en la lectura que realizó la juez para determinar la culpabilidad de Uribe.

Y sobre las grabaciones el abogado dice: “Además, es preocupante que las grabaciones fueran tomadas en cuenta, al ser el resultado de un error involuntario, como se reconoció en el expediente, y con ello  vulneraron las garantías procesales”.

Y agrega: “La jueza declaró que “en el presente caso no procede la exclusión de las interceptaciones, aun bajo el supuesto de que entre los interlocutores existiera una relación abogado-cliente, por cuanto las comunicaciones evidenciaban la posible planeación de una conducta delictiva”.

Y en ese contexto Abuchaibe concluye: Debemos respetar el Estado de Derecho que nos rige, a pesar de creer que con Uribe estamos viendo lo contrario en la aplicación de la Justicia. Esperemos que se interpongan los recursos del caso y advertimos que Colombia tiene instituciones fuertes que permitirán corregir lo desacertado de la primera instancia.

El abogado Rogelio Roldán Álvarez entregó un completo panorama de los escenarios que se vienen en este caso. Aunque de antemano se ha sabido, por intermedio de la defensa, que se tomarán una serie de acciones para que el caso cumpla todas las instancias procesales; en pro de que se demuestre la inocencia de su cliente, que es líder del partido de oposición al Gobierno del presidente Gustavo Petro.

“En el entendido que ya se emitió sentido de carácter condenatorio. Hay que tener en cuenta que aun al expresidente Álvaro Uribe Vélez lo cobija la presunción de inocencia como garantía fundamental del debido proceso”, explicó Roldán Álvarez, que ha seguido de cerca el caso. 

Sin embargo,  expuso la complejidad jurídica que rodea la situación del exmandatario, aunque, como se sabe, la sentencia aún no ha adquirido firmeza y hay abierta la posibilidad de recursos.

¿Qué recursos le quedan a Álvaro Uribe Vélez para revertir el fallo en su contra?

Los abogados consultados, enfatizan  que, a pesar del fallo condenatorio, la presunción de inocencia sigue vigente para el expresidente. “Es que aún se presume inocente porque ese fallo condenatorio todavía no ha sido ejecutoriado. No ha encontrado esa firmeza necesaria para que se diga que ha sido vencido en juicio. Y esa presunción de inocencia debe extenderse aún hasta la enunciación y lectura del fallo de segunda instancia”, afirman varios  juristas consultados.

Y es que esta garantía se mantiene hasta que se agoten todos los recursos ordinarios y extraordinarios, incluyendo el de la segunda instancia, que tendrá curso ante el Tribunal Superior de Bogotá, y el de casación, ante la Corte Suprema de Justicia, porque conforme a la naturaleza del caso, se tramitaría; en el entendido que no todos los procesos judiciales son escogidos para ser tramitados bajo este proceso de índole especial.

Como lo han anunciado,  los abogados del exmandatario acudirán con el recurso de apelación ante el mencionado tribunal de la capital de la República, que revisará la legalidad y acierto de la sentencia de primera instancia. “La defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez tiene el deber de atacar todos y cada uno de los puntos que resulten contradictorios, que resulten en un yerro en la valoración probatoria”, explicó Roldán Álvarez, que prosiguió en su argumentación.

Y en ese contexto e el tribunal colegiado podrá confirmar, modificar o revocar la sentencia, y su decisión también podrá ser objeto de recurso extraordinario de casación. El proceso penal que enfrenta el exmandatario se encuentra, por tanto, en una etapa crucial, según argumentan los abogados consultados. Además, la defensa también puede optar por solicitar beneficios subrogados o sustitutos de la pena, como la prisión domiciliaria, en función de la edad de Uribe o la naturaleza de los delitos.

¿Podrá prescribir el proceso contra el expresidente tras fallo en primera instancia? 

Otra duda que circula es la prescripción de la acción penal, un aspecto que ha generado confusión en la opinión pública. “Erradamente por la opinión pública se ha tenido que los términos de prescripción terminan al momento el cumplimiento de la sentencia de primera instancia. Pero la realidad procesal y legal que cobija nuestra sistemática se puede estar desde el artículo 189 de nuestro Código Procesal Penal”, precisan de forma contundente.

Cabe aclarar que el artículo de la Ley 906 de 2004, indica que el periodo de prescripción de la acción penal se interrumpe cuando se dicta la sentencia en segunda instancia, solo si esta se emite en el plazo establecido. Desde ese momento, el cómputo del término de prescripción queda suspendido y solo se reanuda con un nuevo plazo máximo de cinco años, en relación con una eventual revisión de la Corte Suprema.

Esto significa que, si la segunda instancia no se resuelve dentro del plazo establecido, es decir, antes del 8 de octubre, la acción penal prescribiría y no habría lugar a la condena, no por absolución, sino por prescripción

Los ataques a la figura de Álvaro Uribe Vélez, quien gobernó Colombia entre 2002 y 2010, ha polarizado a la sociedad colombiana y ha generado, sin duda, intensas discusiones sobre la independencia judicial y el alcance de la justicia en casos mediáticos.

El abogado Roldán Álvarez reiteró la importancia de agotar todas las instancias judiciales antes de que la sentencia adquiera firmeza. “Es entonces, pues, que aún se puede afirmar que se mantiene incólume la presunción de inocencia, porque el fallo de primera instancia aún es susceptible de recursos ordinarios y el de segunda instancia es susceptible de recurso extraordinario de casación”, afirmó el abogado en su declaración a esta redacción.

Es válido precisar que la Fiscalía General de la Nación también tiene la facultad de apelar el fallo en caso de que la sentencia de segunda instancia sea absolutoria. En ese escenario, el ente acusador podría alegar indebida valoración probatoria, errores en la apreciación de la prueba u otros aspectos que considere relevantes para la revisión del caso. Será en consecuencia el Tribunal Superior, el encargado de resolver el recurso de apelación presentado por la defensa. 

Colombia está en la mira del derecho internacional, y no porque deseen tener injerencia, sino por el manejo evidentemente  instrumentalizado que se la ha dado a varios casos. Por esta razón, desde diferentes ámbitos se cuestiona cómo en Colombia, actualmente, se le da garantías incluso a delincuentes que ya están condenados. 

Expertos también precisan que el condenar, de esta manera, a Uribe, sin pruebas contundentes, tiene como propósito acabar con  la moral del Centro Democrático como partido político de oposición robusto, y sacarlo de la contienda política 2026, para dar paso a la continuidad del actual gobierno de izquierda. 

La precandidata presidencial María Fernanda Cabal, como abogada expresó: “Lo ocurrido durante las 9 horas de audiencia para leer la sentencia contra el expresidente Álvaro Uribe deja más preguntas que certezas jurídicas. Fue una exposición que, lejos de transmitir imparcialidad, pareció una declaración política, o una sentencia escrita por las alegadas víctimas, todos enemigos políticos del expresidente Uribe”.

Y agrega: “Resulta inadmisible que se le dé validez a pruebas viciadas como interceptaciones telefónicas al expresidente Uribe y un reloj espía, mientras se exaltan personajes como Monsalve, presentado como héroe civil, y se victimiza a Deyanira por su género, como si ser mujer otorgara automáticamente mayor credibilidad”.

Además Cabal precisa, algo que hoy es motivo de muchas críticas, desde lo jurídico “La juez no ocultó su simpatía por Iván Cepeda, a quien se refirió con una condescendencia impropia de quien debe actuar con neutralidad. Incluso respaldó sin reservas sus visitas a cárceles, pese a los cuestionamientos que pesan sobre ese proceder”.

Y, en cuanto a secreto profesional Cabal dice: “Resulta alarmante que se acuda a jurisprudencia de la Corte para desdibujar el secreto profesional entre abogado y cliente, mientras se legitiman testigos de parte de las supuestas víctimas y se descartan sin mayor análisis los del presidente Uribe”.

y alerta: “Una justicia que vacila al leer su propio fallo, pero no duda en enviar un mensaje político, pone en riesgo la credibilidad de las instituciones”.

Es un fallo que no comparten quienes respetan el derecho sin manipulaciones. Y sin duda: “será motor para  luchar por un sistema de justicia que jamás vuelva a ser instrumentalizado para judicializar la política”, como lo afirma la precandidata del Centro Democrático, María Fernanda Cabal..

El 11 de agosto la defensa de Uribe ha dicho que radicará la apelación correspondiente, con base en el  fallo, de 1000 páginas, que la juez Heredia leyó parcialmente. Y es que la pelea jurídica no ha terminado; continúa.