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Corte Constitucional frenó el proceso contra Petro en el CNE por la campaña del 2022

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Por Lola Portela

La investigación contra el presidente Gustavo Petro en el Consejo Nacional Electoral, por presuntas irregularidades en la financiación de su campaña del 2022, dio un giro inesperado este jueves 24 de abril, porque  la Corte Constitucional decidió suspender dicho proceso, luego de una tutela interpuesta por el mandatario nacional.

Por medio del Auto 554 de 2025, el alto tribunal ordenó la suspensión provisional de las investigaciones que adelanta la autoridad electoral contra el jefe de Estado, en respuesta a una acción de tutela interpuesta por el propio mandatario, en la que solicitó la protección de su derecho al debido proceso, específicamente en sus dimensiones de juez natural y fuero constitucional especial.

Según la defensa de Petro, permitir que el CNE lo investigue desconoce su fuero, que establece que sólo el Congreso, a través de la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, puede indagar al Presidente por conductas cometidas durante su mandato o relacionadas con su elección.

En ese contexto, la Corte suspendió los efectos de la decisión proferida el 6 de agosto de 2024 por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. En dicha providencia, el Consejo de Estado resolvió un conflicto de competencias entre el CNE y la Comisión de Acusaciones, avalando que el organismo electoral continuara con las pesquisas contra el Presidente.

Si bien sienta un precedente, cabe aclarar que la decisión de la Corte Constitucional es provisional, pero de gran impacto, ya que congela el avance del proceso administrativo mientras se estudia de fondo la tutela en el expediente T-10.871.254. Además, ordena la suspensión de los términos de prescripción del proceso en el CNE, los cuales solo se reanudarán una vez se notifique la sentencia definitiva de la Corte.

En otras palabras, el alto tribunal frenó el proceso contra Petro por su campaña electoral, al menos de manera temporal. La providencia busca garantizar que el reclamo de Petro sea evaluado sin que se produzcan efectos jurídicos irreversibles mientras tanto.

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La decisión fue adoptada por mayoría, pero no fue unánime, ya que cuatro magistrados de la Corte salvaron su voto, es decir, expresaron su desacuerdo con la medida: Natalia Ángel Cabo, Paola Andrea Meneses Mosquera, Jorge Enrique Ibáñez Najar y José Fernando Reyes Cuartas, dejando sobre la mesa que al interior del alto tribunal existen visiones distintas sobre los límites del fuero presidencial y el alcance de las competencias del CNE.

Luego de esta decisión se reactiva un debate jurídico que ha estado latente desde la llegada de Petro al poder: ¿quién puede investigar al presidente en ejercicio por hechos relacionados con su elección? y aunque el CNE tiene funciones de control electoral, la Constitución establece que las indagaciones al presidente deben pasar por el Congreso, lo cual ha sido interpretado como un blindaje institucional para proteger la investidura presidencial.

Desde el Gobierno, se ha insistido en que el fuero presidencial no solo protege al mandatario de actuaciones arbitrarias, sino que establece canales específicos de control, en este caso a través del Legislativo. No obstante, sectores de la oposición han cuestionado esta postura, argumentando que puede usarse como una barrera de impunidad ante eventuales irregularidades.

El proceso ante el CNE surgió tras denuncias sobre supuestas inconsistencias en los informes financieros presentados por el entonces candidato Gustavo Petro durante su precandidatura y posterior campaña presidencial. Aunque no se han emitido sanciones, el caso generó ruido político y mediático, siendo usado por críticos del gobierno como una muestra de opacidad en el manejo de recursos electorales.

Con esta decisión, la Corte Constitucional no se pronuncia sobre el fondo del asunto, pero sí deja en claro que existe una controversia jurídica relevante que debe resolverse con especial cuidado, dada la jerarquía institucional de los actores involucrados. Mientras tanto, el expediente queda congelado y se abre un compás de espera para conocer la sentencia definitiva.