La Corte Constitucional “Paz Total le dejo claro los siguientes puntos al Gobierno del Presidente Gustavo Petro.
La búsqueda de la Paz no puede excluir la obligación del estado de proteger la vida y la seguridad de todas las personas además de impedir su victimización.
También la “Corte Constitucional, asegura, que la posibilidad de entablar conversaciones para cerrar el conflicto no puede suponer que el estado renuncie a perseguir la criminalidad y a garantizar el control del territorio caso que no ocurre en el Cauca y otras zonas
Aclaró también, que el sometimiento de estas estructuras debe ejercerse de acuerdo a los términos de desmantelamiento y sostenimiento a la justicia definidos por los legisladores y no a juicio del Gobierno Nacional.
Además, la “Corte Constitucional”, también le dejó claro al Gobierno Nacional, que las órdenes de captura sólo las puede suspender las autoridades judiciales y el gobierno debe demostrar que la persona que se va a beneficiar, haya dado muestras objetivas de su compromiso de desmantelamiento y transición hacia el estado de derecho.
Con respeto a la excarcelación de voceros de organizaciones sociales y humanitarias, la Corte le comunicó al Gobierno, que el presidente y la rama ejecutiva no pueden disponer de la liberación de quién haya sido privado de la libertad por orden judicial pues esto vulnera los derechos de las víctimas.