La Corte le ordenó a Colfondos realizar el pago de las mesadas, así como el retroactivo que se adeude, a dos niños huérfanos de padre y madre.
En seis párrafos, la Sala Primera de Revisión, con ponencia de la magistrada Natalia Ángel, le explicó a la niña Tatiana de 10 años y a Federico, de 8 años, que recibirán mensualmente un dinero para su bienestar y manutención, producto del trabajo de su padre, quien falleció hace un poco más de tres años.
Los niños quedaron en custodia de su tía y abuelo, luego del fallecimiento del papá y la mamá.
Por esta razón, la Corte ordenó precisar a la tía y al abuelo de los niños que el dinero debe ser exclusivamente para los gastos de los menores en cuanto a salud, educación, alimentación y recreación.
Por tratarse de menores de edad, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe acompañar y verificar la correcta administración de los recursos que Colfondos le pague al abuelo de los niños.
El caso sobre la manutención de los niños llegó a la Corte, cuando Colfondos se negó a entregarle la mesada a sus familiares. A juicio del fondo pensional, la tía y el abuelo debían soportar a través de sentencia judicial que, en efecto, serían los cuidadores de los menores.
Para la tía y el abuelo de Tatiana y Federico el requisito les parecía innecesario, por lo que presentaron una tutela invocando el amparo a la seguridad social, la vida digna y el mínimo vital. En única instancia lo declararon improcedente, pero la Corte amparó los derechos de los menores.
La Corte procedió a explicarle tanto a Tatiana, como a Federico que el alto tribunal es un lugar al que recurren los adultos para resolver algunos conflictos. Y allí fue a donde recurrieron su tía y abuelo para poder recibir el dinero que su papá les dejó por cuenta de su trabajo, durante parte de su vida.
El alto tribunal les explicó a los niños que el dinero que ahorró su padre es ahora para ellos y está en una entidad llamada Colfondos y que, es esa la encargada de entregarle la plata a su tía y abuelo. Sin embargo, por temas de procedimiento hasta la fecha no ha ocurrido.
La Corte, aclaró a los menores que ese dinero es exclusivamente para ellos, por lo que no se pueden gastar en otra cosa que no sea en su bienestar y beneficio.
Igualmente, les explicaron a los menores que su abuelo está solicitando que lo reconozcan como la persona encargada de administrarles ese dinero. Y la empresa Colfondos les deberá pagar todo lo que su papá les dejó.