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Tribunal Supremo de Venezuela suspende “todos los efectos” de las primarias, incluyendo la proclamación de María Corina Machado

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela emitió este lunes una sentencia en que ordena la suspensión de “todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias”, celebrado el pasado 22 de octubre, tras recibir un recurso introducido por el diputado José Brito que pedía revisión por supuestas irregularidades.

Aunque la judicialización de las primarias viola el acuerdo firmado en Barbados entre oposición y Maduro.  El TSJ solicitó a la Comisión Nacional de Primarias remitir al órgano judicial todos los antecedentes administrativos del proceso.

Por su parte, el jefe de la delegación negociadora de la Plataforma Unitaria Venezolana, Gerardo Blyde, respondió a la investigación que abrió la Fiscalía General en contra de la Comisión Nacional de Primarias y de la organización Súmare por las elecciones del domingo 22 de octubre en las que resultó ganadora María Corina Machado, como candidata de la oposición.

Lo cierto es que la reacción del chavismo ante la participación de 2,4 millones de votantes fue una  sorpresa, ahora  insisten en asegurar que no hubo más de 600 mil votantes.

Según el abogado Blyde, esta acción amenaza los acuerdos firmados y el entendimiento alcanzado durante la reunión realizada en Barbados, en presencia de delegados de Estados Unidos y la Unión Europea, pero aún no hay pronunciamientos de ese lado. 

La sentencia, además de solicitar a la comisión remitir al órgano judicial todos los antecedentes administrativos del proceso, dice:  “Se suspenden todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias”. 

“Desde la Convocatoria y su constitución como Comisión Electoral, pasando por el Cronograma Electoral, Registro Electoral con sus lapsos de impugnación y depuración, Postulaciones con sus lapsos de impugnación y depuración, incluyendo el Acta de Aceptación de la Postulación, formulada por la ciudadana inhabilitada de manera firme por quince (15) años, María Corina Machado; así como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, inhabilitado de manera firme por quince (15) años. Freddy Superlano, inhabilitado de manera firme por siete (7) años, y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura; las Actas del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, incluidas las Actas de Constitución de las Mesas Electorales, los Cuadernos de Votación, las Papeletas de Votación, las Actas de Escrutinios, así como las Actas de Totalización Regionales, el Acta de Totalización Definitiva, el Acta de Adjudicación y la de Proclamación”, reza el escrito.

El Supremo además dio un lapso de tres días a la CNP para consignar un informe en el que detalle el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto.

Finalmente, ordenó notificar al fiscal general, Tarek William Saab, y a otros poderes públicos de esta sentencia y de los hechos denunciados por Brito, sin precisar en qué tipo de hechos ilegales incurrieron.