El texto de 94 artículos tuvo 16 ajustes respecto a la versión aprobada en primer debate del Senado.
La reforma pensional es una de las mayores apuestas del Gobierno del presidente Gustavo Petro, ahora continuará su camino en el Congreso de la República. La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramirez Ríos, radicó la ponencia para iniciar el segundo debate del proyecto de ley en el Senado.
¿Usted gana más de 4 salarios mínimos? Así le afectará la reforma:
Una novedad de esta iniciativa podría afectar el bolsillo de quienes ganen cuatro salarios mínimos o más, dado que cambiarán los montos para aportar al Fondo de Solidaridad Pensional, que en la actualidad parte del 1% y va hasta el 2%.
El documento tiene 94 artículos y uno de los puntos que tocan directamente el bolsillo de los ciudadanos es el relacionado con la contribución obligatoria que se hace al Fondo de Solidaridad Pensional.
El artículo 20, de los 94 artículos que tiene el proyecto de ley, Obligatoriedad y monto de las cotizaciones, establece un incremento del 0,5% en los aportes de quienes ganan cuatro salarios mínimos al Fondo de Solidaridad Pensional.
Los topes en la iniciativa quedaron así:
1. Frente a la contribución obligatoria del 16% del Ingreso Base de Cotización, quienes tengan un Ingreso Base de Cotización igual o superior a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) y menor a siete (7) smlmv tendrán a su cargo un aporte adicional destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de uno punto cinco por ciento (1,5 %) de su Ingreso Base de Cotización.
2. Quienes tengan un Ingreso Base de Cotización igual o superior a siete (7) smlmv y menor a once (11) smlmv tendrán a su cargo un aportea dicional destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de uno punto ocho por ciento (1,8%) de su Ingreso Base de Cotización.
3. Quienes tengan un Ingreso Base de Cotización igual o superior a once (11) smlmv y menor a diez y nueve (19) smlmv tendrán a su cargo un aporte adicional destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de dos punto cinco por ciento (2,5%) de su Ingreso Base de Cotización.
4. Quienes tengan un Ingreso Base de Cotización igual o superior a diez y nueve (19) smlmv y menor o igual a veinte (20) smlmv tendrán a su cargo un aporte adicional destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de dos punto ocho por ciento (2,8%) de su Ingreso Base de Cotización.
5. Quienes tengan un Ingreso Base de Cotización superior a veinte (20) smlmv tendrán a su cargo un aporte adicional destinado al Fondo de Solidaridad Pensional de tres por ciento (3.0%) de su Ingreso Base de Cotización.
En Colombia hay 7,4 millones de adultos mayores, pero la pensión es un privilegio de pocos. La reforma pensional busca cubrir con un subsidio a al menos 3 millones de personas que ya no se pensionarán.
Al Fondo de Solidaridad Pensional también se deberá aportar, dependiendo de los salarios mínimos a los que equivalga su mesada.
“Los(as) pensionados(as) que devenguen una mesada superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, contribuirán para el Fondo de Solidaridad Pensional para la Subcuenta de Subsistencia en un uno por ciento 1%, y los que devenguen más de veinte (20) salarios mínimos contribuirán en un dos por ciento 2% para la misma cuenta”, establece el artículo 20.
¿Qué dijo la ministra Gloria Inés Ramírez?
Acerca de la ponencia mayoritaria radicada para el segundo debate de la reforma pensional en el Senado, la ministra explicó:
“Le queremos decir a los colombianos y colombianas que se ha surtido la radicación de la ponencia mayoritaria que está firmada por cinco senadores de la República, después de un trabajo técnico fuerte, juicioso y sobre todo con los estudios actuariales de respaldo, esta ponencia mayoritaria es la que el Gobierno del Cambio estará apoyando y queremos decir que da toda la tranquilidad para que Colombia siga avanzando hacia un país de derechos”.
La ponencia que contiene 94 artículos mantiene el sistema de pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual, el fondo de ahorro con el único fin de utilizar los recursos para pagar las mesadas y las cotizaciones hasta 3 salarios mínimos serán administradas por Colpensiones, el restante pasará a los fondos privados.
La reforma del gobierno Petro coarta la libertad de los colombianos, en cuanto a decidir que un Fondo Privado y no el Estado maneje su ahorro pensional. Ese es uno de los temas claves en los que se pedían cambios. Se pidió también bajar el monto de las pensiones que manejaría Colpensiones y eso se mantiene. Sigue en 3 salarios mínimos, en contravía con lo que plantean los Fondos y centros de pensamiento y análisis económico.
Con el sistema actual, los colombianos que ganan más de cuatro salarios mínimos deben hacer un aporte que es destinado entre aquellos ciudadanos que no pueden acceder a la mesada.
Los porcentajes actuales rondan entre el 1 por ciento y el 2 por ciento.
El trámite de este proyecto continuará una vez se agende la fecha para el segundo debate en la plenaria del Senado de la República
Esta reforma pensional no es bien recibida por la mayoría de trabajadores colombianos, por las experiencias negativas, en cuanto al manejo de dineros, por parte del Estado. Además, porque los Fondos ofrecen la opción de capitalizar el dinero que reciben, de tal forma que el ahorro de los trabajadores no pierde el valor monetario con el tiempo, y por el contrario se aumenta, para ofrecer al pensionado una mejor calidad de vida, al contar con un capital propio para su retiro. Al fallecer el pensionado los recursos, son heredados por los hijos o la pareja de éste. No pasan al Estado, como lo establece ésta reforma.
Y es que los colombianos trabajamos para contar con un bienestar futuro, propio y que beneficie a nuestras familias. Es responsabilidad del Estado velar por esa justicia y por ofrecerle a quienes no se pensionan: soluciones, pero no con el dinero de quien pone o puso su fuerza laboral, durante toda una vida de productividad.