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Exgobernador de Casanare y exalcalde de Yopal, Nelson Ricardo Mariño, logra su libertad

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Nelson Ricardo Mariño exgobernador de Casanare y exalcalde de Yopal fue sentenciado por concierto para delinquir agravado, relacionado con su posible participación conjunta con las Autodefensas Unidas Campesinas de Casanare, comandadas por Héctor Buitrago, alias “Martín Llanos”, a fin de ser elegido alcalde de Yopal entre 2004 y 2007.

Además, en los antecedentes también figuraba que tenía vínculos con Ramón Caro Chaparro, capturado por el delito de narcotráfico.

Y conforme a esa condena la defensa tuvo que librar una fuerte contienda jurídica:

Nelson Ricardo Mariño rinde indagatoria el 20 de noviembre de 2017, “y allí se atribuye que fue auspiciado con dineros de las autodefensas. Y se ubica su conducta en el artículo 340 inciso segundo, pero nada se dice de la intervención del señalado como condenado por narcotráfico.

El 18 de septiembre de 2019 se define la situación jurídica, imponiéndole medida de aseguramiento de detención preventiva “como presunto autor responsable del delito de concierto para delinquir agravado”.

El 12 de febrero de 2020 se calificó el merito del sumario, resaltando en el inciso segundo, el verbo PROMOVER y acusándolo de concertar con el grupo ilegal. Conducta diferente a la imputada.

Y es que no es igual auspiciado: ayudado, patrocinado, acogido, financiado, albergado, que promover, que es fomentar, impulsar, favorecer, apoyar, promocionar, etc. Tipicidad estricta y debido proceso.

Con base en esto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal, dice que: “la imputación fue abstracta, imprecisa, no congruente en relación con los cargos imputados durante indagatoria, sino que no aparece demostrada. No aparece probado que el procesado fuera autor del mencionado delito. Por eso la sentencia debe ser revocada”.

Y así el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal (Casanare) decide:

  1. REVOCAR la sentencia al impugnado
  2. ABSOLVER al procesado NELSON RICARDO MARINO VELANDIA. Y Ordenar su libertad inmediata, “siempre y cuando no sea procesada y tengo órdenes de detención por otros procesos”
  3. Para la notificación personal de esta providencio y la correspondiente orden de libertad, se   comisiona por un término de tres (3) días al asesor jurídico del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de la Picota. lugar donde se encuentra recluido Nelson Ricardo Mariño Velandia.

Cabe anotar que, en investigaciones ante los entes de justicia realizados por Prensa Llanera: “la defensa del exmandatario acertó porque no se logró demostrar con evidencias precisas el delito de promoción de grupos paramilitares o acuerdo de voluntades con el grupo ilegal”.  Además, “los no precisaron circunstancias de tiempo, modo y lugar de supuestas reuniones”, luego fueron desestimados. Así mismo, “no se evidenció ningún documento firmado que probará nexos con las autodefensas”.

Finalmente, la justicia obró, luego de un largo proceso, pero fue la encargada de determinar que el exgobernador y exalcalde Nelson Ricardo Mariño Velandia, no debía estar por más tiempo en la cárcel Picota de Bogotá. Y, ahora gozará de su libertad.