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La JEP Y ONU firmaron protocolo de monitoreo y verificación de las sanciones

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) como el componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición y las naciones unidad en Colombia firmaron este 16 de agosto, el protocolo que activa el mecanismo de monitoreo y verificación de las sanciones propias (MMVSP)

Se trata de una instancia de coordinación que busca garantizar el cumplimiento de las sanciones propias, que tienen el más alto componente reparador y restaurador en la JEP.

El mecanismo articula tres componentes independientes y autónomos, cada uno en el ámbito de sus competencias: La Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, la Secretaría Ejecutiva de la JEP y la Misión de Verificación de la ONU en Colombia.

Las sanciones propias solo serán impuestas a los comparecientes que reconozcan responsabilidad y aporten verdad exhaustiva, plena y detallada.

De los tres tipos de sanciones que impondrá la JEP, las sanciones propias o restaurativas son las únicas que no conducen a la cárcel, pero implican la restricción efectiva de libertades y derechos y el cumplimiento de trabajos obras y actividades con contenido reparador y restaurador que deben ser monitoreados y verificados para garantizar su efectivo cumplimiento. Estas sanciones tendrán una duración máxima de ocho años.

Precisamente, el Mecanismo de Monitoreo y Verificación de las Sanciones Propias facilitará la articulación a nivel nacional, regional y local de tres componentes independientes y autónomos, cada uno en el ámbito de sus competencias, que buscan garantizar el cumplimiento de las condiciones para la implementación de esta clase de sanciones con los más altos estándares reparadores y restauradores: La Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, la Secretaría Ejecutiva de la JEP y la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia. 

Entre las funciones del MMVSP se contempla: intercambiar información en el marco del monitoreo y verificación de las sanciones; articular sus acciones con actores externos nacionales, territoriales e internacionales relacionados con el monitoreo, así como con las diferentes autoridades gubernamentales e instituciones representativas de las comunidades; articular acciones con las autoridades tradicionales o instituciones representativas de los pueblos indígenas, negros, afrocolombianos, raizales, palenqueros, Rrom y prevenir dificultades e identificar los desafíos de la implementación de las sanciones.

La Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP impone la sanción propia, además monitorea y verifica el cumplimento de la misma. Por su parte, la Secretaría Ejecutiva de la JEP desempeña un rol técnico y administrativo en el proceso de monitoreo, recaudo de información, documentación y certificación que soporta la labor judicial del cumplimiento de la sanción. Y la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia, atendiendo a su independencia e imparcialidad, y de acuerdo con la resolución 2574 de 11 de mayo de 2021 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, tiene el mandato de verificar que las personas sancionadas cumplan las sanciones y que el Estado establezca las condiciones necesarias para ello. La Misión de Verificación adoptará un enfoque estratégico e inclusivo al llevar a cabo dicha verificación, y centrará su monitoreo en las tendencias generales de cumplimiento y casos individuales concretos.

A través del MMVSP, los tres componentes, aunque autónomos e independientes, ponen a disposición sus capacidades y herramientas para asegurar las tareas de monitoreo y verificación de las sanciones propias, con el fin de contribuir al éxito y a la legitimidad del sistema de justicia transicional restaurativo, a la efectividad de la reparación de las víctimas y de las comunidades afectadas, así como a la seguridad jurídica de los y las comparecientes.