Administración Departamental prorroga la vigencia del Decreto 147 del 01 de junio de 2020, por el cual se adoptan medidas transitorias para garantizar el orden público en el departamento de Casanare con ocasión del aislamiento preventivo obligatorio decretado por el Gobierno Nacional (decreto nacional 749 de 2020) hasta el 15 de julio.
Los Alcaldes de municipios sin afectación del coronavirus COVID-19 que sean certificados y habilitados por el Ministerio del Interior para el levantamiento de la medida de aislamiento obligatorio deberán tener garantizada la expansión hospitalaria en su territorio para la atención inmediata ante la presencia del primer caso en su territorio .
En ningún caso se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales:
-Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
-Los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares discotecas, billares, entre otros.
-Los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o para llevar.
-Cines y teatros
-Gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, entre otros.